Tras las rejas Alias ‘Nano’: un viejo pero conocido ladrón de Ubaté – – El informante

Un viejo conocido de la delincuencia vuelve a caer

En Ubaté, la comunidad vuelve a respirar con algo de alivio. Alias “Nano”, un sujeto señalado de sembrar el terror con múltiples robos a mano armada, fue nuevamente capturado el pasado sábado 28 de junio de 2025, gracias a una acción articulada entre la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Su nombre ya no es nuevo para los ubatenses: en abril de 2023 también fue capturado por hechos similares, pero, como muchos temían, volvió a las calles.

Esta nueva detención confirma que se trata de un problema reincidente, que ya tiene historia y que exige respuestas más contundentes. La comunidad se pregunta: ¿por qué un sujeto señalado por múltiples hurtos vuelve a estar libre? ¿Cuántas oportunidades necesita la delincuencia para seguir actuando con total descaro?

¿Qué dice la ley sobre este delito?

El delito de hurto calificado y agravado, por el que es procesado alias “Nano”, está contemplado en el artículo 240 del Código Penal Colombiano, el cual establece que:

“El que se apodere de cosa mueble ajena, total o parcialmente, con ánimo de lucro y sin consentimiento de quien pueda disponer de ella conforme a la ley, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses, y multa de treinta y tres punto treinta y tres (33.33) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

Además, en este caso se agrava la situación legal por varios factores:

  • Reincidencia comprobada.
  • Hurto con arma, lo que puede enmarcarse en violencia sobre las personas (agravante del artículo 241).
  • Intimidación a múltiples víctimas, lo que aumenta la severidad del castigo.

Por tanto, alias “Nano” podría enfrentar una pena cercana o incluso superior a los nueve años de prisión, si la Fiscalía logra demostrar los agravantes, su historial y el impacto en la seguridad ciudadana.

Medida de aseguramiento intramural: ¿será esta la definitiva?

Actualmente, alias “Nano” se encuentra bajo medida de aseguramiento intramural, es decir, en detención preventiva dentro de un centro de reclusión. Esta figura jurídica, contemplada en el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004), no constituye una condena, sino una medida cautelar para garantizar que el procesado no obstruya la justicia, evite nuevas víctimas y comparezca en juicio.

La justicia tiene ahora la responsabilidad de que este proceso no termine, como otras veces, con beneficios que pongan en riesgo a la ciudadanía.

La captura: necesaria, pero no suficiente

El nombre de alias “Nano” infundía temor entre comerciantes y ciudadanos. La captura representa un paso importante, pero no el final del camino. Porque si algo ha dejado claro su caso es que la reincidencia existe, y si no se actúa con todo el peso de la ley, el delito vuelve a las calles.

Hoy, permanece privado de la libertad, pero la comunidad exige que esta no sea otra más de esas capturas que se evaporan con el paso de los días. Que no se repita la historia. Porque ya no hay margen para los errores.

¿Cuántas veces más?

En 2023 fue detenido. En 2025, otra vez. La pregunta no es si alias “Nano” volverá a delinquir, sino si el sistema judicial permitirá que lo haga. La confianza ciudadana está quebrada, y sólo una condena ejemplar, firme y sin atajos procesales puede empezar a repararla.


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