El presidente de Colombia, Gustavo Petro, ha levantado una fuerte polémica tras sus recientes declaraciones en las que rechaza las decisiones de entidades del Estado que, en su criterio, buscan restringir sus alocuciones presidenciales. En una entrevista emitida por RTVC / Señal Colombia con el periodista Hollman Morris, Petro aseguró que esas regulaciones equivalen a una “censura contra un presidente electo” y llegó a afirmar: “Eso se llama golpe de Estado”.
El choque gira en torno a fallos y regulaciones del Consejo de Estado y de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) que pretenden imponer límites a las emisiones presidenciales, especialmente cuando no coinciden con criterios de urgencia o institucionalidad.
A continuación reviso los antecedentes, las posiciones de las partes, los desafíos jurídicos y políticos, y qué implicaciones puede tener esta disputa para la libertad de expresión y el equilibrio institucional.
Antecedentes: fallos, regulaciones y denuncias previas
1. El fallo del Consejo de Estado
En fechas recientes, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado emitió un fallo de primera instancia que exige regular el “uso indebido” de las alocuciones presidenciales, especialmente cuando su frecuencia, duración o temática no justifican una emisión en medios públicos o privados.
El fallo señala que, aunque el Presidente sí puede hacer alocuciones, estas deben ceñirse a criterios de urgencia, clarificar la hora de inicio y fin, y justificarse en un asunto de interés público inaplazable, para no vulnerar el pluralismo informativo.
2. Intervención de la CRC
La Comisión de Regulación de Comunicaciones denegó una petición para que una alocución presidencial fuera emitida en canales privados, argumentando que no cumplía los criterios judiciales vigentes tras la decisión del Consejo de Estado.
Esa negativa profundizó el conflicto entre las entidades reguladoras y el Ejecutivo, y fue uno de los detonantes de la crítica de Petro contra estas instituciones.
3. Uso intensivo de las alocuciones
Una de las razones que critican los fallos de control es la frecuencia con la que Petro ha recurrido a las alocuciones presidenciales. Se menciona que ha hecho más de 50 intervenciones en lo que va de su mandato, lo que, en opinión de los críticos, podría constituir un uso excesivo de este mecanismo.
Desde el gobierno se contrarresta diciendo que estas alocuciones son necesarias para contrarrestar “información mentirosa” de medios privados o para explicar temas estratégicos (salud, narcotráfico, política social).
4. Incumplimientos mediáticos
Un dato adicional: en uno de los casos recientes, Petro anunció que a las 7:00 p. m. haría una alocución vía canales públicos, pero luego la transmisión no ocurrió como estaba programada. En su lugar, apareció más tarde en una entrevista con Hollman Morris. Eso le abrió espacio a críticas de inconsistencia en el uso del canal institucional.
La posición de Petro: discurso de defensa
Petro ha sostenido que imponer regulaciones restrictivas sobre sus intervenciones es una forma de censura política y una afrenta a la democracia, al impedir que el presidente se comunique libremente con el pueblo.
Sostiene que, al limitar sus alocuciones, no se está solo censurando su voz, sino la de los ciudadanos que lo eligieron. “No se puede censurar a un jefe de Estado, porque se censura a la sociedad entera”, ha dicho.
También critica que las entidades reguladoras como la CRC no fueron elegidas por voto popular, por lo que argumenta que no les corresponde imponer límites al discurso presidencial.
Además, afirma que las alocuciones han fortalecido su conexión con la ciudadanía, ayudándole a contrarrestar narrativas contrarias, revelación de movilidades corruptas y discursos opuestos.
Posiciones críticas y riesgos constitucionales
Pluralismo informativo
Los fallos judiciales y las decisiones de la CRC parten de la preocupación por preservar el pluralismo informativo: que no haya una concentración del discurso en manos del ejecutivo y que los ciudadanos puedan acceder a múltiples fuentes. Limitar las alocuciones presidenciales cuando no guardan criterios de urgencia busca evitar que se conviertan en un canal dominante del poder.
Los críticos alertan que permitir transmisiones constantes del presidente sin filtros podría erosionar el equilibrio entre poderes y generar asimetrías comunicativas insostenibles.
Legalidad y control del poder
Hay voces que señalan que las entidades reguladoras sí tienen competencia, dentro del marco constitucional, para definir criterios sobre el uso de medios públicos y del espectro electromagnético, siempre que esos criterios respeten la Constitución, los derechos fundamentales y las garantías institucionales.
Algunos expertos advierten que calificar estas medidas como “golpe de Estado” es una exageración retórica que puede polarizar aún más el ambiente institucional, pues el término implica una ruptura violenta del orden constitucional, algo que no refleja la dinámica legal vigente.
Incertidumbre jurídica
Como muchos fallos en trámites contenciosos administrativos, el fallo del Consejo de Estado no es definitivo ni definitivo en todas sus instancias. Podrá ser apelado y revisado, y podrían surgir decisiones en instancias superiores (Corte Constitucional, otras salas del Estado) que modifiquen o rebajen las restricciones.
También queda abierta la pregunta de cómo definir “urgencia real”, qué temas califican, y qué mecanismo de supervisión tendrá la CRC u otra entidad para interpretar esas reglas. Esa indeterminación abre espacios de conflicto político y judicial.
Posibles implicaciones y escenarios
- Resistencia institucional prolongada
Es probable que continúe el enfrentamiento entre el Gobierno y las entidades de control con posiciones muy firmes. Petro podría acudir a instancias internacionales de derechos humanos si considera que sus derechos de expresión han sido vulnerados. - Reforma legal o estatuto especial
Podría impulsarse una reforma legislativa o constitucional para definir con claridad cuándo y cómo un presidente puede usar esas alocuciones, regulando plazos, criterios, fiscalización y contrapesos. - Mayor polarización política
La retórica fuerte (uso de términos como “golpe de Estado”) puede intensificar la polarización política del país, dividiendo a quienes ven estas medidas como defensa democrática frente a quienes las consideran abusos de poder. - Control institucional y judicialización
Dependiendo de cómo evolucionen los procesos judiciales, puede haber decisiones de cortes superiores que modifiquen la regulación o establezcan límites definitivos, lo que afectará el equilibrio de poderes y la institucionalidad de las comunicaciones del Estado.
Conclusión
El episodio de las alocuciones presidenciales y la reacción de Gustavo Petro marca una tensión profunda entre dos principios clave: el derecho del presidente a hablar al país y el deber del Estado de garantizar pluralismo y equilibrio informativo. Al calificar las restricciones como un “golpe de Estado”, Petro sube el tono del conflicto institucional, lo que refleja no solo una disputa jurídica, sino una disputa política sobre quién tiene la autoridad para definir el discurso público en Colombia.
El rumbo dependerá en buena medida de las decisiones que adopten los tribunales superiores, la interpretación constitucional de los límites del discurso gubernamental y la manera en que la sociedad y los medios respondan a esta controversia.
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