¿Qué dice la nueva ley sobre encuestas electorales?
- Restricción temporal (“veda” de encuestas)
- La ley establece que no se podrá publicar encuestas de intención de voto hasta tres meses antes del inicio de la inscripción de candidatos.
- Para las elecciones presidenciales de 2026, dado que el proceso de inscripción empieza el 31 de enero de 2026, las encuestas solo podrán divulgarse desde el 31 de octubre de 2025.
- Algunos medios indican “prohibición hasta finales de octubre”, otros hasta “noviembre”, según el calendario electoral.
- Regulación técnica y de calidad
- Las empresas encuestadoras deben estar registradas ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) para poder hacer encuestas con intención electoral.
- Se exige que las encuestas incluyan obligatoriamente municipios con más de 800.000 habitantes (según proyecciones del DANE), lo que incluye ciudades grandes como Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Soacha, etc.
- Además, deben incluir “regiones representativas” pequeñas y medianas para reflejar diversidad territorial.
- Supervisión y transparencia
- Se crea una Comisión Técnica en el CNE, conformada por expertos en estadística, encargada de auditar la calidad metodológica de las encuestas.
- Las encuestadoras deben entregar datos como bases de datos, formularios, grabaciones, registros al CNE para inspección.
- Hay sanciones para quienes publiquen “encuestas falsas” o que no cumplan con los requisitos técnicos establecidos.
- Prohibición de aportes de empresas encuestadoras
- Las firmas registradas no pueden hacer aportes a campañas políticas, según la normativa, para evitar conflictos de interés.
- Diferenciación entre tipos de estudios
- La ley diferencia entre “encuestas” (muestreo probabilístico, representativo) y “sondeos” menos rigurosos, prohibiendo la divulgación de algunos según su carácter.
- No todas las mediciones están prohibidas: sí se pueden hacer encuestas de reconocimiento o favorabilidad, pero también bajo condiciones (incluir ciertos municipios, definir criterios de “notoriedad pública”, etc.).
Críticas y preocupaciones
- Limitación del derecho a la información: Organismos como la MOE (Misión de Observación Electoral) han dicho que esta ley “pone un bozal” a la información, porque restringe qué tanto puede saberse sobre la intención de voto antes de un momento crítico.
- Impacto en encuestadoras: Empresas como Invamer han manifestado que algunos de los requisitos (por ejemplo, tener que encuestar muchos municipios grandes) encarecen mucho sus sondeos.
- Demanda constitucional: Ya hay una demanda contra la ley, que argumenta que restringe derechos como la libre información y que le da demasiado poder al CNE para controlar y auditar las encuestas.
- Altos costos operativos para encuestadoras pequeñas: Por los nuevos requisitos técnicos (registro, auditorías, inclusión regional), hacer encuestas puede volverse más caro, lo cual podría favorecer a empresas grandes con mayor capacidad financiera.
Posibles efectos de la ley
Potencial aumento en el costo de las encuestas, lo que podría limitar la competencia entre encuestadoras.
Menos sondeos públicos de intención de voto en los meses previos a la inscripción, lo que podría reducir la “rueda de sondeos” tradicional en campañas.
Mayor credibilidad (si la ley funciona bien) al exigir metodologías más rigurosas y auditorías, lo que podría disminuir sondeos manipulados o poco representativos.
Cambios en cómo los medios informan sobre la carrera electoral, dependiendo más de estudios autorizados y “auditables”.
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