Bogotá, 19 de diciembre de 2025 —
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió este viernes una sentencia histórica al condenar a 20 años de prisión al coronel retirado Publio Hernán Mejía Gutiérrez, excomandante del Batallón de Artillería La Popa No. 2 con sede en Valledupar (Cesar), por su responsabilidad penal en 72 casos de ejecuciones judiciales conocidos como “falsos positivos” cometidos entre 2002 y 2003.
El fallo, dictado por la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad de la JEP, se considera el primero de este tipo contra un alto mando militar que no aceptó su responsabilidad en crímenes de guerra y de lesa humanidad en la justicia transicional colombiana. La condena equivale a la pena máxima que contempla este organismo para estos delitos.
Contexto del caso y hallazgos
Los hechos por los cuales Mejía fue sentenciado forman parte del Caso 03 de la JEP, que investiga las ejecuciones judiciales cometidas por militares en Colombia, donde civiles fueron asesinados y presentados como guerrilleros muertos en combate para inflar resultados operativos en el conflicto armado interno.
La Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP probó ante el tribunal que, bajo el mando de Mejía, se estructuró un aparato organizado de poder dentro del Batallón La Popa, que actuó en conjunto con el frente Mártires del Cesar de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) para ejecutar, desaparecer forzadamente y torturar a civiles, presentándolos ilegítimamente como bajas en combate.
Según el fallo, estos crímenes ocurrieron en el norte del departamento del Cesar y el sur de La Guajira, afectando gravemente a poblaciones civiles, incluyendo jóvenes campesinos, trabajadores y comunidades étnicas en condiciones de vulnerabilidad.
Negativa a reconocer responsabilidad y juicio adversarial
Mejía no aceptó los cargos que se le imputaban ante la JEP, lo que llevó a que el caso fuera llevado a un juicio adversarial transicional, un formato procesal donde la responsabilidad se determina a través de la confrontación de pruebas y alegatos entre las partes ante los magistrados. Esta fue, además, la primera sentencia adversarial de la Jurisdicción Especial para la Paz contra un oficial de alto rango por falsos positivos.
Durante el proceso, la defensa del coronel insistió en su inocencia, argumentando que no había participado directamente ni tenía conocimiento de los crímenes, y apeló decisiones como la negación de beneficios alternativos a la prisión.
Implicaciones y repercusiones institucionales
La JEP también ordenó al Ministerio de Defensa revocar las condecoraciones y felicidades que Mejía había recibido durante su carrera militar, relacionadas con los resultados operacionales del Batallón La Popa, así como la compulsa de copias para investigación de jueces y fiscales que pudieron haber tenido participación o fallas en el curso de estos hechos.
El fallo reafirma los pilares de la justicia transicional —verdad, justicia, reparación y no repetición— y busca visibilizar la centralidad de las víctimas en los procesos judiciales que abordan los crímenes más graves del conflicto armado colombiano.
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