Fallo del CNE contra ‘Petro Presidente’ sacude credibilidad electoral tras revelarse vínculo del conjuez con el mandatario El informante

La reciente sanción impuesta por Consejo Nacional Electoral (CNE) a la campaña Petro Presidente 2022 reavivó hoy la polémica tras conocerse que uno de los conjueces que votó en la decisión —Jorge Iván Acuña— fue en su momento abogado del propio Gustavo Petro, lo que despertó cuestionamientos sobre un posible conflicto de interés y la idoneidad de su participación en el fallo.

Antecedentes del fallo

El 27 de noviembre de 2025, la Sala Plena del CNE determinó sancionar la campaña «Petro Presidente 2022» por supuesta violación de topes de financiación electoral y por presunto uso de fuentes de financiación no permitidas. Entre quienes resultaron responsables están el gerente de la campaña —hoy presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa— la tesorera y la auditora, además de las colectividades Colombia Humana y Unión Patriótica.

Hace unas semanas, la votación no había alcanzado la mayoría necesaria —se requerían 6 votos— y algunos magistrados fueron apartados por impedimentos. En esa circunstancia, el tribunal decidió recurrir a conjueces para suplir las vacantes en la votación.

¿Quién es Jorge Iván Acuña?

Jorge Iván Acuña fue designado conjuez en reemplazo de una magistrada apartada del proceso. Lo llamativo es que, entre 2014 y 2016, ejerció como apoderado legal de Gustavo Petro cuando este era alcalde de Bogotá, representándolo ante instancias administrativas y judiciales.

Ese pasado profesional —su vínculo jurídico con Petro— motivó múltiples críticas tras su participación en el fallo. Observadores y sectores de la opinión pública se preguntan por qué Acuña no se declaró impedido para votar en un caso directamente vinculado con su antiguo cliente.

Reacciones y cuestionamientos

La revelación encendió reacciones políticas inmediatas. Por ejemplo, el exalcalde de Medellín y líder opositor Federico Gutiérrez cuestionó públicamente la actuación del CNE y sugirió que la sanción constituye “una cortina de humo” para desviar la atención de problemas mayores.

Por su parte, el presidente Petro rechazó el fallo, calificándolo de arbitrario y atribuyéndolo a un “golpe político”. Aseguró que la investigación y sanción responden a intereses de sus adversarios, y denunció una falta de imparcialidad.

Quienes critican la participación de Acuña señalan que, según normativas como el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), un funcionario debe declararse impedido cuando ha sido apoderado de alguna de las partes.

¿Qué significa este debate?

El caso plantea preguntas sobre la transparencia e imparcialidad de los procesos electorales y judiciales en Colombia. La designación de conjueces —que en teoría debe garantizar la continuidad de fallos cuando hay impedimentos de magistrados titulares— podría perder credibilidad si estos conjueces tienen antecedentes profesionales con alguna de las partes.

Además, la polémica contribuye a profundizar la división política en el país: sectores de oposición argumentan que hay un doble estándar en la justicia electoral; mientras que allegados al gobierno denuncian persecución política. En ese sentido, la decisión del CNE y las circunstancias que la rodean podrían tener consecuencias políticas de largo alcance, incluso influyendo en percepciones sobre la legitimidad del gobierno actual.

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