La Registraduría Nacional del Estado Civil rechazó la solicitud de inscripción del comité ciudadano promovido por Daniel Quintero mediante el cual buscaba recolectar firmas para inscribir su candidatura presidencial bajo el grupo significativo de ciudadanos denominado “Reset Total Contra el Narco y los Corruptos”.
El fundamento de la decisión es que Quintero ya había formalizado su inscripción como precandidato en la consulta interna de Pacto Histórico (celebrada el 26 de octubre de 2025) y esa participación lo inhabilita para inscribirse nuevamente mediante otro mecanismo en el mismo proceso electoral.
La resolución oficial es la número 13881 del 6 de noviembre de 2025.
¿Por qué se considera inviable?
- La ley colombiana (Ley 1475 de 2011, artículo 7) estipula que una persona que participe como precandidato en una consulta interna de un partido o coalición queda inhabilitada para aspirar por otro mecanismo independiente o por otro partido/coalición en el mismo proceso electoral.
- La Registraduría señala que no recibió comunicación formal del partido convocante de la consulta (Pacto Histórico) respecto a que Quintero se hubiera retirado o renunciado antes de la consulta, por lo tanto su inscripción quedó “en firme”.
- Admitir la inscripción del comité para firmas habría generado un procedimiento “inútil y costoso”, pues estaría postulando a alguien con una prohibición legal conocida.
Reacción de Quintero
Daniel Quintero manifestó su desacuerdo con la decisión y afirmó que no fue inscrito en la consulta del Polo Democrático (partido dentro de la coalición) ni participó en condiciones que lo inhabiliten.
Además, publicó en sus redes sociales: “No quieren que reseteemos la política, pero la vamos a resetear. No más narcos ni corruptos.”
Dijo que recurrirá a los recursos legales correspondientes (reposición y apelación) para impugnar la resolución.
Implicaciones
- Esta decisión complica —y por ahora impide— que Quintero participe como candidato presidencial en las elecciones de 2026 mediante recolección de firmas.
- Marca un precedente sobre la interpretación de la ley electoral colombiana respecto a la participación en consultas internas y mecanismos ciudadanos de aval.
- Genera incertidumbre política en el bloque progresista y en la carrera presidencial, puesto que altera el panorama de aspirantes independientes o alternativos.
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