Justicia tumba tutela de exgerente de Petro y confirma investigación del CNE El informante

El Tribunal Superior de Bogotá desestimó la acción de tutela presentada por Ricardo Roa Barragán —actual presidente de Ecopetrol y exgerente de la campaña presidencial «Petro Presidente 2022»— con la que buscaba dejar sin efecto las pruebas que el CNE tomó en su contra en el marco de la investigación por presunta violación de topes de financiación durante la campaña presidencial.

Qué pidió Roa y por qué

  • Roa argumentó que sus derechos al debido proceso y a la defensa habían sido vulnerados. En particular, señaló que el CNE cerró la etapa probatoria sin haber practicado pruebas clave decretadas previamente: un concepto técnico de la Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) y un análisis propuesto por el exmagistrado Armando Novoa —pruebas que consideraba esenciales para revisar la legalidad del financiamiento de la campaña.
  • Además, alegó que la decisión del CNE, basada en esas pruebas incompletas, le causaría un daño reputacional irreversible.

Qué decidió el Tribunal

  • La Sala de Decisión Penal del Tribunal consideró que la acción de tutela era improcedente en este caso, porque existe un “medio de defensa judicial ordinario”: Roa puede impugnar la decisión del CNE ante el Consejo de Estado.
  • En cuanto a las pruebas omitidas, los magistrados estimaron que no es válido cuestionarlas mediante una tutela, pues la tutela no está diseñada para dirimir irregularidades en la recolección de pruebas sobre decisiones administrativas en curso.
  • El Tribunal señaló además que no está probado que la sanción haya afectado de forma irreversible la reputación de Roa, o que haya comprometido su mínimo vital.
  • En consecuencia, negó la tutela y confirmó que el proceso administrativo sigue su curso frente al CNE.

Contexto: la sanción del CNE

  • El fallo del CNE contra la campaña «Petro Presidente» se produjo días antes. La campaña fue sancionada por exceder los límites de financiación permitidos en la campaña de 2022 —en más de 3.500 millones de pesos, según la autoridad electoral.
  • Como responsables de la irregularidad fueron señalados Ricardo Roa (como gerente de campaña), la tesorera, la auditora de la campaña, además de los partidos involucrados.
  • La sanción incluye la restitución de recursos al Fondo Nacional de Financiación Política e, incluso, una compulsa de copias a la Fiscalía por presunto fraude procesal.

Qué implica la decisión para el proceso

  • La negativa del Tribunal a aceptar la tutela no suspende —por ahora— los efectos de la sanción administrativa del CNE. Es decir, la campaña sigue siendo considerada responsable de haber violado los topes legales.
  • Para revertir o impugnar esa sanción, Roa y su defensa deberán acudir a instancias ordinarias, concretamente al Consejo de Estado, lo cual relega la tutela como mecanismo inapropiado en este contexto.
  • Para la clase política y la opinión pública, la decisión refuerza la legitimidad del procedimiento adelantado por el CNE, al demostrar que los recursos interpuestos por los sancionados no siguen siendo decisiones caprichosas sino sujetas a escrutinio jurídico.

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