Ley contra el ruido en Colombia 2025: vecinos ruidosos podrían pagar hasta $20 millones de multa El informante

En Colombia, las autoridades han endurecido las sanciones contra quienes generan ruidos molestos —como música a alto volumen, fiestas prolongadas o equipos de sonido fuera de horario— que afectan la tranquilidad de sus vecinos en conjuntos residenciales, edificios o barrios.

¿Qué normas aplican?

  • El artículo 33 de la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana) califica como un comportamiento contrario a la convivencia “producir ruidos que afecten la tranquilidad de las personas, especialmente en horas de la noche. Esto incluye música a alto volumen, fiestas, actividades comerciales o domésticas que generen un nivel de ruido superior al permitido”.
  • En el ámbito ambiental, la Ley 2450 de 2025 contra la contaminación acústica —ya sancionada— contempla multas más altas, la posibilidad de que las autoridades desactiven la fuente del ruido y que se utilicen pruebas como grabaciones o testimonios para sancionar.
  • En los reglamentos de propiedad horizontal (conjuntos residenciales) se contemplan además normas internas que pueden definir horarios de silencio, volumen máximo, e incluso sanciones adicionales para quienes perturben la convivencia.

¿Cuánto puede costar la multa?

Las sanciones pueden ser significativas:

  • Bajo la Ley 1801/2016, una infracción por ruido excesivo puede conllevar una multa general tipo 3, que equivalía a 16 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que en 2024 rondaba los $700.000 COP aproximadamente.
  • Con la nueva Ley contra el ruido, las multas podrían ascender de 8 a 16 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV). Según algunos informes, esto implicaría montos desde ~20 millones de pesos para infracciones de ruido que afecten la convivencia en entornos residenciales.
  • La autoridad policial puede incluso desactivar temporalmente la fuente de ruido (ej., parlantes, equipos de sonido) si el responsable se niega a bajar el volumen tras el requerimiento.

¿Qué se entiende por “ruido que afecta la convivencia”?

Estos son algunos escenarios típicos que pueden dar lugar a sanción:

  • Música muy alta en apartamentos o casas que impide el descanso de vecinos, especialmente en horario nocturno.
  • Reuniones o fiestas que se extienden fuera del horario permitido en el reglamento de la copropiedad o sin autorización.
  • Equipos de sonido, parlantes u otros aparatos que generen vibración, volumen o impacto auditivo más allá de lo tolerable.
  • Ruidos que trascienden el espacio privado y llegan a molestar al vecindario o comunidad.
    Las autoridades pueden usar como prueba testimonios, grabaciones, actas del comité de convivencia o mediciones sonoras.

¿Qué pasos debe seguir una persona afectada?

  1. Lo primero es intentar hablar amablemente con el vecino que genera el ruido y presentarle la queja.
  2. Si el ruido persiste, acudir al administrador del conjunto, al comité de convivencia o a la junta de acción comunal para que medien.
  3. Si no hay solución, se puede denunciar ante la línea de emergencia (por ejemplo en Bogotá: 123) o ante la estación de policía local para que verifique la situación.
  4. La autoridad policiva visitará el lugar, puede constatar la infracción y aplicar la sanción correspondiente. En casos de confirmarse la infracción, se podrá imponer la multa, desactivar temporalmente la fuente de ruido o disolver la actividad.

¿Qué cambia con la nueva ley?

  • Se amplía el marco sancionatorio, elevando las multas a valores mucho mayores y reforzando la capacidad de la autoridad para actuar con base en evidencia y sin necesidad de medición técnica previa, si la molestia está demostrada.
  • Se aplica también en zonas urbanas y rurales, no solo en entornos urbanos.
  • Se plantea un enfoque de salud pública: el ruido ya no es solo una molestia, sino un factor que afecta el descanso, el estrés y la calidad de vida de las personas.

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