Para el ciudadano común y el sector empresarial, la decisión de la Corte Constitucional de declarar inexequible la emergencia económica de diciembre de 2025 se traduce en un alivio inmediato frente a una carga tributaria que ya estaba en marcha. El Gobierno pretendía tapar un hueco fiscal de $16,3 billones mediante gravámenes que afectaban desde el consumo de licores hasta las compras por internet, medidas que hoy quedan sin ningún piso legal.
Uno de los puntos más sensibles que se cae con este fallo es el aumento del IVA para licores, vinos y aperitivos, el cual iba a saltar del 5% al 19%. A esto se sumaba un impuesto específico de $750 por grado de alcohol, lo que habría encarecido significativamente el costo de vida y afectado a la industria nacional de bebidas. De igual manera, los usuarios de vapeadores y cigarrillos electrónicos ya no tendrán que pagar la tarifa adicional de $2.000 por mililitro, ni el impuesto especial de $11.200 que se proyectaba para cada cajetilla de cigarrillos tradicionales.
El fallo también protege el comercio electrónico y los bienes de alta gama:
- Compras en el exterior: Se mantiene la exención de IVA para importaciones de bajo costo (como ropa o tecnología) de hasta US$200, anulando la intención del Gobierno de bajar ese límite a solo US$50.
- Bienes de lujo: No se aplicará el impuesto al consumo del 19% en yates, aeronaves y motocicletas de alto cilindraje.
- Patrimonio: Las personas naturales con activos superiores a $2.094 millones ya no estarán sujetas a las tarifas progresivas de hasta el 5% que la emergencia buscaba imponer desde enero de 2026.
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