Bogotá, 2 de julio de 2025 – La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa millonaria a Movistar Colombia, por más de 3.000 millones de pesos, tras comprobar que la compañía vulneró el derecho de portabilidad numérica de sus usuarios prepago con una práctica conocida como ‘Bono Fidelización Prepago Siempre Conectado’.
¿Qué hizo Movistar para ser sancionada?
Entre enero de 2021 y febrero de 2023, Movistar ofrecía a sus clientes un “beneficio” mensual consistente en 10 minutos y 100 MB de datos para WhatsApp, valorados en aproximadamente 1.500 pesos. Sin embargo, este bono se “condonaba” siempre y cuando el usuario permaneciera dentro de la compañía.
La investigación de la SIC reveló que esta estrategia generaba una deuda ficticia que solo se volvía exigible cuando el cliente solicitaba cambiar de operador, configurando así un obstáculo ilegal para la portabilidad numérica. Es decir, esta deuda se usaba como motivo para negar el trámite de cambio de operador, afectando la libertad de los usuarios para escoger libremente su proveedor de telefonía.
¿Cuál fue el fallo de la SIC?
La Dirección de Investigaciones de la SIC concluyó que esta práctica de Movistar creó una barrera artificial e injustificada en el mercado, afectando directamente los derechos de los consumidores y distorsionando la competencia en el sector de telecomunicaciones.
Con la sanción impuesta, la Superintendencia busca que los operadores respeten las normas de portabilidad numérica y eliminen este tipo de estrategias ilegales que perjudican a los usuarios.
¿Puede Movistar apelar la multa?
Sí. Movistar tiene la posibilidad de interponer recursos de reposición y apelación ante las autoridades correspondientes para cuestionar la decisión de la SIC.
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