Hace poco una niña de tan solo 8 años de edad murió tras ser arrollada por un furgón en plena vía pública de Cajicá, mientras montaba bicicleta junto a otro menor. Al parecer la menor habría perdido el control y el conductor del vehículo no logró esquivarla.
Un paseo en bicicleta terminó en tragedia
Hace poco, una niña de tan solo 8 años de edad murió tras ser arrollada por un furgón en plena vía, mientras montaba bicicleta junto a otro menor. Los hechos ocurrieron en zona urbana de Cajicá, en Cundinamarca, en un sector transitado por peatones y vehículos.
El conductor del furgón sí se detuvo, pero la reacción de los padres no se hizo esperar. Desesperados, corrieron hacia él y lo increparon con gritos y dolor. Algunos testigos intentaron calmar la escena, pero era demasiado tarde: la menor ya no tenía signos vitales.
Qué se sabe hasta ahora: ¿Fue imprudencia? ¿Falta de control? ¿Una tragedia inevitable?
Hasta el momento no hay un informe oficial completo sobre lo ocurrido. La menor montaba bicicleta al costado de la vía cuando, en cuestión de segundos, fue impactada por el furgón.
Las autoridades de tránsito llegaron al sitio y, junto con policía judicial, asumieron la inspección técnica del cadáver y la recolección de pruebas. Por ahora, se investiga si hubo exceso de velocidad, falta de precaución del conductor o si la vía tenía las condiciones mínimas de seguridad. Sin embargo, por lo que se observa en el video se trataría de un lamentable accidente porque la menor habría perdido el control de su bicicleta.
Por eso, no se puede caer en juicios anticipados ni en condenas emocionales. El conductor no ha sido señalado formalmente. La investigación apenas comienza y será clave determinar si hubo alguna infracción o si se trató de una fatalidad sin dolo.
Lo legal: ¿Qué tipo de responsabilidad podría establecerse?
Aunque todo está bajo investigación y no hay una imputación oficial, el caso podría enmarcarse —de manera presuntiva— en el artículo 110 del código penal, que establece lo siguiente:
Artículo 110. Homicidio culposo.
El que por culpa cause la muerte a otro incurrirá en prisión de treinta y dos a ciento ocho meses.La pena será de cuarenta y ocho a ciento cuarenta y cuatro meses, cuando la conducta sea cometida por la conducción de vehículo automotor y se configure una infracción a las normas de tránsito.
Si se llegara a establecer que el conductor actuó con imprudencia o incumplimiento de las normas viales, podría enfrentar sanciones penales, además de civiles y administrativas.
Pero atención: esto solo podrá definirse tras el avance de la investigación y con base en peritajes técnicos, grabaciones, testimonios y demás pruebas materiales.
Un dolor no cesa con teorías
Aquí no se trata solo de aplicar leyes. Se trata de una niña. Una vida perdida. Unos padres rotos. Una bicicleta infantil convertida en símbolo de una tragedia que nunca debió ocurrir.
Y si se trató de un accidente inevitable, también hay una persona que queda marcada para siempre.
El conductor del furgón —quien no huyó y permaneció en el lugar del hecho— puede estar enfrentando ahora una carga emocional enorme, sumado al juicio social al que se somete sin que se hayan esclarecido aún los hechos.
Porque a veces, el dolor no tiene un solo lado. Y aunque la justicia debe actuar con rigor, también debe proteger la dignidad de quien, sin intención ni culpa comprobada, queda atrapado en una escena desgarradora.
Por ahora hay una comunidad que exige que el espacio público no siga siendo una amenaza para los más frágiles.
Desde este medio expresamos nuestras más sinceras condolencias a los familiares de la pequeña. Los acompañamos y abrazamos en este difícil momento.
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